El contrato social 3 - Capítulo III
División de los gobiernos
Se ha visto en el capítulo precedente la razón por la cual se distinguen las diferentes especies o formas de gobiernos según el número de miembros que los componen. Falta ver de qué modo se ejecuta esta división
En primer lugar, el soberano puede encomendar el gobierno a todo el pueblo — o a la mayor parte del pueblo — de suerte que haya más ciudadanos magistrados que simples ciudadanos particulares. A esta forma de gobierno se le da el nombre de democracia.
El soberano puede también poner el gobierno en manos de un pequeño número, de modo que haya más simples ciudadanos que magistrados; y esta forma se llama aristocracia.
Por último, puede concentrar todo el gobierno en un sólo magistrado de quien todos los demás reciban el poder. Esta tercera forma es la más común y se llama monarquia o gobierno real.
Debe advertirse que todas estas formas, o al menos las dos primeras, son susceptibles de más y de menos, y que tienen mucha latitud;...
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