Apéndice 11. Las Leyes de Valladolid de 1513

Introducción «MUY alto y poderoso príncipe, rey e señor: Vuestra Alteza nos mandó, que porque algunos religiosos y personas de consciencia, que tenían alguna noticia de las cosas de las Indias, habían informado a Vuestra Majestad que en las ordenanzas que mandó hacer para el buen testamento y conversión y doctrina de los indios de la isla Española, y de las otras islas, Indias y tierra firme del mar Océano, había algunas cosas que para el saneamiento de la consciencia de Vuestra Alteza convenía enmendarse; y porque nosotros, los que de yuso firmamos nuestros nombres, vistas las ordenanzas, y oídas otras personas que de las Indias tenían mucha noticia y experiencia, y después de muy bien visto y platicado y haber estudiado sobre ello, lo que en Dios y en nuestras consciencias nos parece que se debe añadir y enmendar en las dichas ordenanzas, son las cosas siguientes: Primeramente, que las mujeres indias casadas no sean obligadas de ir ni venir a servir con sus maridos...

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