Apéndice 1. El proceso de implantación del derecho de voto

LA teoría de la soberanía popular, que se define en el pensamiento político dominante de la Revolución, descansa en estos supuestos: 1) La soberanía reside esencialmente en el individuo, no siendo la soberanía social sino la resultante de la suma de los poderes individuales. 2) Todos los individuos son igualmente soberanos. 3) Al venir éstos a reunirse, mediante el contrato social, renuncian, para constituir el poder colectivo, a cierta parte de su libertad y soberanía. La soberanía popular se interpreta, en definitiva, como la fuerza del conjunto o suma de los ciudadanos frente a la acción de los poderes tradicionales y a las doctrinas que los justificarán por tan diversos títulos. Del choque de ideas y fuerzas sintetizadas en las fórmulas e instituciones de la tradición con las de la soberanía popular y su realización en la Revolución han de surgir, al lado de posiciones extremas, transacciones más o menos precisas, a la vez que continúa la elaboración general...

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